INSTRUCCIÓN DE TRABAJO
RELEVO DE PERSONAL EN INTERVENCIONES
IT.0195
Revisión
20240607
Este documento es propiedad del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, y está protegido bajo licencia
Creative Commons CC BY-NC-SA 4.0. Se permite la copia, distribución y comunicación siempre que se acredite
tanto propiedad como autor/es, no haya fines comerciales y la obra se comparta bajo el mismo tipo de licencia.
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Contenido
RELEVO DE PERSONAL EN INTERVENCIONES
5.1.- Consideraciones generales
Lo reflejado en esta instrucción no debe entenderse como obligación sino como directrices
genéricas que deben guiar la mejor organización de los relevos, siempre sometidas a los
condicionantes de la guardia tales como disponibilidad de personal, simultaneidad de siniestros, o
cobertura territorial.
Cuando se prevea que una intervención se va a prolongar en el tiempo más de 12 horas se
planificarán los relevos del personal de tal forma que el personal que releva esté en el lugar
de la intervención en condiciones de comenzar a trabajar antes de que se cumplan 12 horas
desde la C3 del personal relevado.
Se podrán establecer frecuencias de relevo distintas, ya sea para minorar la carga
continuada de trabajo, o para hacerlas coincidir con los horarios de comida o cena (de
forma que el personal que releva se incorpore ya comido o cenado, y el personal relevado
pueda comer o cenar en su centro de guardia).
Transcurridas las primeras 24 horas del inicio de un incendio forestal, los relevos nocturnos
se organizarán de manera que el personal pueda incorporarse al incendio y reconocer la
zona con luz diurna (C3 = 1h antes del ocaso).
En intervenciones de larga duración en las que se prevea su prolongación más allá de las
9:00, se organizarán relevos para que personal de refresco se incorpore durante la
madrugada y, en cualquier caso, no más tarde de las 07:00 (C3). Aunque en incendios
forestales esto pudiera suponer un relevo antes del orto, la ventana de actuación siempre
será con luz.
Aquel personal que tenga programado servicio de guardia el día siguiente, deberá ser
relevado de manera que la C6 se produzca con una anterioridad de al menos 10h respecto
de su horario de incorporación en la siguiente jornada.
La solicitud a CECOP del número y tipología de recursos a relevar corresponde al Jefe de
Intervención.
La organización del relevo de esos recursos le corresponde al Coordinador de guardia.
En actuaciones de larga duración, en caso de que a las 20:30 h el Jefe de Intervención no
haya notificado la necesidad de relevos, desde CECOP debe solicitarse la confirmación o no
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mediante el siguiente código seguro de verificación: 1258141128145209614529
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de los mismos, para poder organizarlos y notificarlo a los parques implicados, antes de las
21:30 h.
Cuando los relevos afecten a recursos de la guardia entrante, CECOP lo notificará lo antes
posible a los parques afectados. Esos movimientos se iniciarán inmediatamente tras la
finalización del relevo de guardia con el objeto de que se materialicen en el lugar de la
intervención lo antes posible minorando en lo posible prolongaciones de jornada del
personal saliente (y evitando, en cualquier caso, que estas puedan extenderse más allá de
las 13:00 horas.
Sin perjuicio de estas consideraciones generales, el Jefe de Intervención podrá solicitar los
relevos que considere más adecuados en función del estado del personal, las condiciones
del trabajo en la intervención, etc…, anticipando todo lo posible esa solicitud, para que el
Coordinador de Guardia pueda evaluarla y, en su caso, organizar esos relevos con la mínima
incidencia operativa en la cobertura de los parques.
5.2.- Transporte del personal
Los relevos con personal del mismo parque se realizarán de forma preferible con vehículos tipo BUS
(XY.4N), salvo que ese relevo implique además el cambio de recurso en intervención (p.ej.; sustituir
XY.11 x XY.12 o XY,21…)
Dado que el uso generalizado de señales ópticas y acústicas en trayectos que tienen como objeto
relevar al personal en emergencias que ya están siendo atendidas, podría suponer una
extralimitación de las prerrogativas que la normativa vigente confiere al conductor del vehículo, las
mismas se utilizarán de manera muy ponderada, tan solo si en C2 nos encontramos ante situaciones
de retención o similar.
5.3.- Material en zona de trabajo
En aras de dar continuidad a la intervención y agilizar el proceso del relevo el material desplegado
por el recurso relevado se mantendrá preferiblemente en la zona, siendo repuesto por material del
recurso que releva.
OBJETO ……………………………………………………………………………………………………………………… 1
ÁMBITO Y ALCANCE ……………………………………………………………………………………………………. 1
DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA ………………………………………………………………………………. 1
DEFINICIONES …………………………………………………………………………………………………………….. 2
RELEVO DE PERSONAL EN INTERVENCIONES ………………………………………………………………….. 2
5.1.- Consideraciones generales ………………………………………………………………………………………. 2
5.2.- Transporte del personal …………………………………………………………………………………………… 3
5.3.- Material en zona de trabajo ……………………………………………………………………………………… 3
Fdo: Inspector de Operaciones VºBº: Jefe del CBCM
OBJETO
Establecer el sistema de relevo de personal en actuaciones de larga duración para:
a) garantizar la atención ininterrumpida a las mismas y que
b) reducir en lo posible situaciones de riesgo por cansancio, si bien debe tenerse en cuenta
que el personal relevado sigue disponible para la prestación del servicio hasta la finalización
de su jornada laboral.
ÁMBITO Y ALCANCE
Esta instrucción aplica a todo el personal que, cubriendo cualquiera de las posiciones establecidas
en el DB.0182_Ámbitos y posiciones de la guardia, sean destacados a una actuación de larga
duración.
Para el personal vinculado al Servicio de Prevención y apoyo a la extinción de incendios forestales e
inclemencias invernales de la Comunidad de Madrid (TRAGSA) se estará a lo dispuesto en la
IT.0104_Relevo en incendio de recursos TRAGSA.
Quedan fuera del ámbito de esta instrucción las rotaciones de personal.
DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
Recomendación técnica sobre duración de la jornada de trabajo, período de descanso y
tiempo de trabajo en incendios forestales (Comité de Lucha contra incendios forestales,
mayo 2021)
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DEFINICIONES
Actuación de larga duración. Aquella que se prolonga en el tiempo más de 12 horas.
Relevo de personal. Acción de sustituir a personal actuante en una intervención por otro
personal que se incorpora a la misma, permitiendo a los primeros regresar a su base.
Rotación de personal. Acción de alternar en las tareas al personal disponible en una
intervención, de manera que una parte ejecuta esas tareas mientras otra parte descansa
de las mismas, particularmente cuando estas son de alta intensidad y/o especial penosidad.
