INSTRUCCIONES DEL SERVICIO OPERATIVO

NOTA INTERIOR
FECHA 09/04/2024
DE SERVICIO OPERATIVO
A: TODO EL PERSONAL DEL CBCM
Nº DE NOTA:
SOP Nº08/2024
ASUNTO: INSTRUCCIONES DEL SERVICIO OPERATIVO
Buenos días.
Desde el Servicio Operativo se quieren recordar varias cuestiones que tienen afectación directa sobre el Servicio de Guardia:

Se recuerda que la permanencia en los destinos adjudicados, y en sus diferentes variantes (provisionales o definitivos), es obligatoria en tanto en cuanto no sea posible cambiarla mediante el correspondiente CMI (Concurso de traslados), o mediante informe de la Unidad Médica que aconseje el cambio de funciones.
Todo lo cual se refleja para general conocimiento.
En Las Rozas a fecha de firma
EL OFICIAL DEL SERVICO OPERATIVO
Fdo: Jaime Aresté Martín

Salvo indicación expresa del Servicio Médico que justifique la necesidad de tratamiento diario, las citas para tratamiento de rehabilitación no podrán hacerse coincidir con día de guardia.

Se debe recordar el contenido del Artículo 25 del Acuerdo de 26 de abril de 2021, de la Mesa Sectorial de Negociación del Personal Funcionario de Administración y Servicios, por el que se regulan las condiciones de trabajo del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid para el período 2021-2025, en lo referente a cambios de jornada de trabajo, que reza así:
“En ningún caso los períodos de disfrute de los permisos y licencias previsibles con antelación podrán afectar o comprender a guardias cambiadas voluntariamente”
Se informa desde este servicio que, de contravenir este punto y realizarse esos cambios, los mismos serán devueltos por este servicio a su estado original.

En base a lo reflejado en el art. 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que estipula que, en todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público,
Página 2 de 2
Dirección General de Emergencias
Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E NTERIOR
Se recuerda la necesidad de utilizar el correo corporativo, al que todos tenemos acceso, en lo concerniente a las comunicaciones con esta y otras áreas del CBCM.
En relación con lo anterior, se inicia con esta nota un plazo de 1 mes, vencido el cual, todas las comunicaciones que lleguen a este servicio desde direcciones de e-mail que no se ajusten a lo indicado anteriormente, no serán atendidas.


Este es un documento original de CBCMwiki (Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid). Está protegido por licencia CC-BY-NC-SA y a través de este código único puede recuperarse y verificar la autenticidad del documento.

QR Code

Deja un comentario

Scroll al inicio
Ir arriba