NOTA INTERIOR
ÁREA/SECCIÓN: JEFATURA DEL CUERPO
FECHA: 25 DE FEBRERO DE 2013 Nº: JF.12.13
DE: JEFA DEL CUERPO
A: TODO EL PERSONAL
ASUNTO: ASISTENCIA AL TRABAJO ENFERMO O LESIONADO
Ante las informaciones dadas por el sindicato CCOO en la última reunión del grupo de trabajo de salud laboral, referentes a trabajadores que se incorporan a su puesto de trabajo en condiciones físicas mermadas por estar padeciendo algún tipo de patología, desde esta Jefatura, queremos aclarar lo siguiente:
- Todo trabajador del Cuerpo de Bomberos que, estando de guardia presente una patología que pueda afectar a la capacidad para realizar su trabajo de forma eficaz, deberá comunicarlo al Servicio Médico del Cuerpo de Bomberos, a través de CECOP.
- Es responsabilidad del mando no incluir a estas personas en dotación y ponerlo en conocimiento de sus superiores.
- En caso de accidente laboral, serán los médicos del Servicio Médico del Cuerpo de Bomberos quienes determinen si debe o no causar baja laboral o si debe permanecer en funciones de no intervención en siniestros.
- En caso de enfermedad común, será responsabilidad del trabajador acudir a su médico de atención primaria para que valore su situación clínica y determine si es o no compatible con el desempeño de su actividad laboral.
- El agravamiento de una determinada patología o la ocurrencia de accidentes derivados de un incumplimiento de estas normas básicas, por parte de los trabajadores, podrán ser achacados a la responsabilidad del trabajador.
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