Cumplimentación y cierre del PPS

NOTA INTERIOR
ÁREA/SECCIÓN: JEFATURA CUERPO DE BOMBEROS
FECHA: 11/08/2017
Nº de nota: JCB 17012B
DE: JEFA DEL CUERPO DE BOMBEROS
A: Todos los Parques, CECOP, INS, OF, JS ASUNTO: Cumplimentación y cierre del PPS
La presente nota modifica la anterior (JCB 17012)
Si bien la mayor parte de los Partes de Prestación de Servicio (PPS) se cumplimentan adecuadamente (con los datos necesarios, y al poco tiempo del regreso de la intervención), puntualmente se producen situaciones en las que los diferentes participantes no informan adecuadamente tras la C6. El PPS da fe de las actuaciones que realizamos en el ejercicio de nuestras competencias, actuaciones sobre las que pueden requerir información desde Juzgados hasta compañías aseguradoras, entre otras razones para obtener datos para posteriores investigaciones y posibles indemnizaciones. Es por ello necesario recordar1:

  1. Que todas las intervenciones deben ser adecuadamente informadas mediante la cumplimentación del PPS; cumplimentación que debe ser realizada por los responsables de cada dotación actuante, así como por los miembros de la Jefatura de guardia presentes en la misma.
  2. Que el PPS debe realizarse inmediatamente tras el regreso del siniestro, salvo circunstancias excepcionales, en cuyo caso se cumplimentará a la mayor brevedad posible.
    1 Ya el 20/septiembre/2011 se difundió una instrucción firmada por el Oficial de informes y la Jefa del Cuerpo, en la que se incidía en la importancia de cumplimentar los correspondientes partes de prestación de servicio de todas y cada una de las intervenciones en que se haga acto de presencia, de forma clara, concreta y objetiva. En la misma instrucción se indicaba que los partes de prestación de servicio se debían confeccionar al regresar del siniestro, salvo circunstancias excepcionales, no entendiéndose por tal la simple finalización del turno de guardia.
    CUERPO DE BOMBEROS
  3. Que el Oficial de guardia (J2) tiene la obligación de cerrar los PPS de los servicios finalizados en su guardia, comprobando previamente que éstos hayan sido adecuadamente cumplimentados. De no ser así, se lo notificará al Operador de Zona para que contacte con los participantes en la intervención y requiera de los mismos la cumplimentación del parte.
  4. Que aquellos PPS que no hayan sido cerrados por el Oficial de guardia saliente, por haber sido informados a partir de las 8:15h, serán cerrados por el Oficial entrante, anotando el hecho en el apartado “resultado de la intervención” del PPS.
  5. Que cuando por circunstancias excepcionales no haya sido cumplimentado el PPS, éste se cerrará por el Oficial de Guardia correspondiente, añadiendo una observación aclarando dicha circunstancia excepcional en el apartado “resultado de la intervención” del PPS.
  6. Se recuerda que puede aportarse contenido al servicio ya cerrado a través del apartado “NOTAS CERRADAS” del propio servicio.

Este es un documento original de CBCMwiki (Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid). Está protegido por licencia CC-BY-NC-SA y a través de este código único puede recuperarse y verificar la autenticidad del documento.

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