INSTRUCCIÓN DE TRABAJO
COORDINACIÓN DE MEDIOS AÉREOS
IT.JUT1.106
Revisión
20220518
Este documento es propiedad del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, y está protegido bajo licencia
Creative Commons CC BY-NC-SA 4.0. Se permite la copia, distribución y comunicación siempre que se acredite
tanto propiedad como autor/es, no haya fines comerciales y la obra se comparta bajo el mismo tipo de licencia.
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Contenido
- RESUMEN ………………………………………………………………………………………………………………….. 1
- OBJETO ……………………………………………………………………………………………………………………… 1
- ÁMBITO Y ALCANCE ……………………………………………………………………………………………………. 1
- DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA ………………………………………………………………………………. 1
- COORDINACIÓN DE MEDIOS AÉREOS ……………………………………………………………………………. 1
5.1. Modo coordinación entre aeronaves ……………………………………………………………………… 2
5.2. Operaciones coordinadas por un CMA embarcado ………………………………………………….. 3 - RESUMEN
El Comité de Lucha contra Incendios Forestales (CLIF) aprobó en reunión del 29/nov/2019 el
Protocolo de regulación de operaciones aéreas en incendios forestales (Protocolo-CLIF) cuyos
principales objetivos eran aumentar la seguridad del personal, la eficiencia de la operación, y la
eficacia de las descargas.
Si bien el Protocolo-CLIF no es de obligado cumplimiento, esos objetivos son compartidos por el
CBCM, por lo que aquél se adaptó y traspuso en la campaña de incendios INFO20. Con la
incorporación en la campaña INFO22 de la figura de “Coordinador de Medios aéreos” (CMA) y una
aeronave para ese uso específico, se hace preciso actualizar esa trasposición. - OBJETO
Adaptar y trasponer a la operativa del CBCM el Protocolo-CLIF antes mencionado. - ÁMBITO Y ALCANCE
El recogido en el Artículo 2 del Protocolo-CLIF, dentro del territorio de la Comunidad de Madrid. - DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
Protocolo de regulación de operaciones aéreas en incendios forestales (CLIF, 29/09/2019), que
será parte integrante de la presente Instrucción en todo lo que no conste expresamente en la
misma. - COORDINACIÓN DE MEDIOS AÉREOS
La regulación de medios aéreos en un incendio podrá establecerse en 2 modos: “coordinación entre
aeronaves”, u “operaciones coordinadas por un CMA embarcado”. La elección del modo quedará
definida, por defecto, en función de la alarma activada (ver cuadro resumen):
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Modo de
regulación
Coordinación entre
aeronaves
JOA+tripulación apoyo
Coordinadas por CMA
ALARMA 1ª 2ª (O) 2ª (A) 3ª
CMA – CMA (HD.2, aunque CMA podría embarcar en otra aeronave)
JOA J.X en tierra J.X embarcado (en ausencia, J.PC)
Tripulación de
apoyo al JOA
1er HX en C3 HD.0 / HD.1
El Protocolo-CLIF fija en a partir de 5 el número de
aeronaves presentes (o 7 activadas) para aplicar este modo
de regulación, e incluso permite el modo de “coordinación
entre aeronaves” más allá de esas cifras. Sin embargo, y al
objeto de la mejor implantación, este será, por defecto, el
modo en el CBCM EN SEGUNDA Y POSTERIORES ALARMAS
Hasta la llegada del CMA, o cuando por simultaneidad de IIFF u otra circunstancia
justificada, no fuera posible despacharlo, la regulación de las operaciones aéreas se
realizará en modo “coordinación entre aeronaves” (es decir, supervisión de JOA y
organización de las aeronaves por tripulación de apoyo).
5.1.Modo coordinación entre aeronaves
Las propias tripulaciones se organizarán (bajo la supervisión del JOA, auxiliado por una
tripulación de apoyo) para garantizar la seguridad. Será, por defecto, el modo de
regulación en el CBCM EN PRIMERA ALARMA (**):
JOA Tripulación de apoyo
Funciones
- Control y seguimiento de los MMAA
- Comunicar a los MMAA el Plan de
operaciones: objetivos e instrucciones de
trabajo - Asignar sectores de trabajo
- Informar sobre los obstáculos y otros
riesgos para las operaciones aéreas que se
conozcan - Coordinar con CECOP el apoyo logístico a
las aeronaves de extinción (aeródromos
de repostaje y descanso, movilización de
medios de repostaje) - Propondrá las zonas de carga de agua
- Propondrá al resto de aeronaves la
organización básica de los circuitos de
trabajo - Comunicará o propondrá a los MMAA
aquellos otros aspectos que sean
necesarios para la seguridad y eficacia - Propondrá los aeródromos de repostaje y
descanso, y en su caso la movilización de
medios de repostaje - Informará de las rutas entre esos
aeródromos y el IIFF
1ª alarma
JOA = JX activado (Jefe de intervención) La primera aeronave en C3 colabora con el
JOA en la regulación de las operaciones,
siguiendo sus instrucciones básicas, y
pudiendo simultanear dichas funciones con
las operaciones de lanzamiento de agua
(**) De tener que recurrir a este modo de regulación en 2ª/3ª ALARMA, los roles se
asumirán según el siguiente cuadro:
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JOA Tripulación de apoyo
2ª/3ª alarma
Con JX embarcado en una aeronave
JOA = JX embarcado La aeronave donde está embarcado el JOA
será la que colabore con el mismo en la
regulación de las operaciones aéreas,
siguiendo sus instrucciones básicas
Sin JX embarcado en una aeronave
JOA = Jefe de intervención o persona
designada - HD.0, en su defecto
- HD.1, en su defecto
- La primera aeronave en C3 de entre las
presentes
5.2. Operaciones coordinadas por un CMA embarcado
Funciones. Cuando las operaciones se coordinen por un CMA a bordo de una aeronave
de coordinación de MMAA, aquél realizará las siguientes:
a) Gestionar las operaciones aéreas - Regular las operaciones aéreas, organizando los circuitos de trabajo, identificando
y transmitiendo a los MMAA las zonas de carga y descarga, informándoles de
MMAA saliendo o entrando y otros datos de interés -especialmente los peligros
identificados- - Priorizar la asignación y la utilización de los MMAA
- Aconsejar la movilización o desmovilización de MMAA, para evitar momentos “en
seco” (por simultaneidad de MMAA en parada técnica) - Proponer los aeródromos de repostaje y descanso, y en su caso la movilización de
medios de repostaje, e informar de las rutas entre esos aeródromos y el IIFF
b) Asesorar al Jefe de intervención sobre el estado/evolución del IIFF, y la eficacia del
Plan de operaciones
c) Gestionar las comunicaciones aéreas, supervisando que se ajustan a los requisitos
establecidos y procurando la disciplina de comunicaciones.
Coordinación única. La coordinación de MMAA será única. En este sentido, en IIFF
conjuntos con CCAA limítrofes, e independientemente del ámbito territorial afectado,
desde CECOP deberá confirmarse con la otra central cuál será la manera de coordinar los
MMAA, acordando la designación de un único CMA y persiguiendo en cualquier caso el
principio de continuidad expuesto a continuación.
Continuidad. Al objeto de preservar la seguridad de las operaciones, debe procurarse una
continuidad en la regulación de las mismas durante el incendio. A tal efecto, el CMA
deberá comunicar con el tiempo suficiente a la Jefatura de intervención posibles
discontinuidades en las labores de coordinación (tales como paradas técnicas de la
aeronave en la que va embarcado, o la necesidad de relevo originado por fatiga o las
limitaciones de su jornada laboral) y propondrá la manera más eficaz de continuar con las
mismas, que podrá ser: - En caso de intervenciones conjuntas con otras CCAA, acordar la posible
alternancia
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Página 4 de 4 - Pasar la regulación de las operaciones aéreas a modo “coordinación entre
aeronaves” - A partir de 5 aeronaves presentes (o 7 activadas) anticipar la propuesta de
solicitud (CMA+ACO) al Ministerio competente - Embarque del CMA en otra aeronave presente en el incendio)
Jefatura de sector. En este modo de regulación (en presencia de un CMA), los medios
aéreos se configuran como un SECTOR FUNCIONAL, a cargo de un Jefe de Sector que es el
propio CMA que gestionará, por delegación del Jefe de intervención, todos los MMAA del
IIFF y operaciones asociadas a los mismos. En este sentido, - La Jefatura de intervención indicará al Jefe de sector objetivos y prioridades, y
- El CMA será el encargado de organizar, de manera autónoma, a los medios
aéreos para el mejor cumplimiento de los objetivos encomendados.
JOA en tierra. Salvo designación distinta por parte del Jefe de intervención, las funciones
de JOA en tierra para posible apoyo al CMA en la gestión de MMAA, serán desarrolladas
por quien ejerza como J-PC (en su defecto, por J-PCL)
Comunicaciones. Se ajustarán a lo establecido en el correspondiente Plan de
Comunicaciones, que seguirá en cualquier caso las siguientes directrices: - El CMA será el único interlocutor con los MMAA (a excepción de los técnicos de
brigada con su aeronave) utilizando siempre Banda Aérea. Si el técnico de brigada
comunica con su aeronave por BA, reducirá las comunicaciones al mínimo
imprescindible. - Las comunicaciones Jefatura de intervención-CMA se producirán:
o De haber un JX embarcado en HD0/HD1, a través del mismo.
o De no haber un JX embarcado, a través del JOA, por un canal TETRA dedicado
