NOTA INTERIOR
AREA: SERVICIO SANITARIO Nº DE NOTA:
FECHA: 30/01/2025 SMB.2025.01
DE: JEFE DE SERVICIO SANITARIO
A: TODO EL PERSONAL DEL CBCM
ASUNTO: INFORMACIÓN ADICIONAL A LA IT.0170 SOBRE GESTIÓN DE ACCIDENTES DE TRABAJO
ASISTENCIA SANITARIA EN INTERVENCIONES CON RECURSO SANITARIO PREVENTIVO
Como INFORMACIÓN ADICIONAL a la IT.0170, sobre la gestión del accidente de trabajo, se considera necesaria la emisión de la presente comunicación, para aclarar algún aspecto puntual en relación a la primera asistencia del accidentado.
Es importante tener esto en cuenta porque el centro sanitario de la red pública donde se realice la asistencia, va a pasar a la mutua los gastos de la misma y, si la mutua no tiene abierto este expediente, va a denegar el pago y éste se derivará al accidentado.
Las Rozas de Madrid, mediante firma electrónica.
Siempre que la situación sanitaria del accidentado lo permita, el centro asistencial de referencia al que se traslade al herido, debe pertenecer a la mutua FREMAP.
En el caso de accidentes durante una intervención, en la que se disponga de un recurso sanitario preventivo presente en la misma, la asistencia inicial puede prestarla el personal sanitario que se encuentre en la intervención.
En esta última situación, si el accidentado necesita ser trasladado a un centro hospitalario, los sanitarios presentes en la intervención siempre lo trasladarán a un centro de la red pública de hospitales.
Tras estas primeras asistencias, el trabajador SIEMPRE debe acudir posteriormente a cualquier centro de la mutua FREMAP para la gestión del accidente, ya que todos los trámites administrativos posteriores dependen de esta entidad.
