MOVIMIENTOS DE AJUSTE Y PROLONGACIONES

NOTA INTERIOR
ÁREA INSPECCIÓN DE OPERACIONES
FECHA 04/10/2024
DE INSPECTOR DE OPERACIONES
A: CECOP, JEFATURA DE GUARDIA, TODOS LOS PARQUES
Nº DE NOTA:
IN.OP_08/24
ASUNTO: MOVIMIENTOS DE AJUSTE Y PROLONGACIONES
La extensión de la jornada laboral del trabajador más allá de su hora de finalización ordinaria solo
debe responder a necesidades del servicio, a saber:

Instrucción expresa del coordinador de guardia por causa extraordinaria y justificada
Si bien la Normativa INFOMA ya recoge que, de manera general, los movimientos de ajuste se
deshagan de manera que el relevo se realice en el parque origen, esta situación no está regulada
el resto del año. A los efectos de unificar criterios, evitar prolongaciones innecesarias y asegurar
la disponibilidad de vehículos de transporte al comienzo de la guardia entrante, se informa a todo
el personal que a partir del momento de publicación de esta Nota, los movimientos de ajuste de
24h (día completo) deben deshacerse con el tiempo necesario para poder realizar el relevo
(8:30-9:00) en parque origen, siempre que ese movimiento no suponga dejar bajo mínimos la
dotación del parque destino en alguna de sus variantes (totales, BC o mandos intermedios,
tomando como referencia la Resolución vigente en cada momento), o que concurra instrucción
expresa del Coordinador de guardia por causa extraordinaria y justificada.
En Las Rozas, a fecha de firma
El INSPECTOR DE OPERACIONES

Intervención en curso

Mantener el parque dentro de los límites recogidos por la resolución de mínimos vigente
en cada momento, o


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