La Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, menciona en su artículo 47 que “El director o responsable técnico de las tareas de extinción tiene la condición de agente de la autoridad y podrá movilizar medios públicos y privados para actuar en la extinción de acuerdo con un plan de operaciones”. De esta forma la Ley de Montes establece el plan de operaciones como el instrumento técnico y legal del cual dispone el director de la extinción para ejecutar las actuaciones que resulten necesarias.
10 septiembre, 2025
25 septiembre, 2025
/ A1 -- Gestión / organización